Publicado en Laboral
Por Safyb
Lunes, 9 de Agosto del 2021

Atención droguerías y laboratorios

Señor empleador

 

Nos dirigimos a usted para informarle que según las leyes 14250, 17132, 17565 y 20744 todo profesional farmacéutico y/o bioquímico que preste servicio en forma regular debe estar obligatoriamente en relación de dependencia -salvo sea propietario del 100% del establecimiento-, siendo ilegal el contrato de prestación de servicios y el pago a través de monotributo, por considerarse trabajo no registrado.

 

El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) es la institución que representa en toda la República Argentina a los farmacéuticos, químicos y bioquímicos en relación de dependencia, con Personería gremial número 1784 otorgada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

 

El Convenio Colectivo de Trabajo N° 691/14 (homologado por Resolución ST N° 855/2014) y el CCT Nº 707/15 (homologado por Resolución ST Nº 64/2015) son de aplicación obligatoria para todos los establecimientos, cualquiera sea su razón social o jurídica.

 

Los reemplazos por ausencia o licencia deben realizarse por trabajadores con igual título y matrícula, siendo responsabilidad del empleador la cobertura en tiempo y forma (artículo 18 CCT 691/14 y CCT 707/15).

 

Cualquier convenio preexistente quedó desplazado por los CCT 691/14 y CCT 707/15 porque son específicos y más beneficiosos (artículos 8 y 9 ley 20744).

 

La Federación Argentina de Trabajadores de Sanidad (FATSA) y la Asociación Sindical de Trabajadores de Farmacia de Córdoba (ASTF) no poseen personería gremial representativa de profesional farmacéutico y/o bioquímico, por tanto los CCT 120/75 y CCT 430/05 no aplican a farmacéuticos por ser trabajadores jerárquicos que no pueden estar incluidos en los mismos convenios del personal que deben dirigir técnicamente.

 

Al empleador le caben las obligaciones de agente de retención conforme los artículos 27° a 32° del CCT 691/14 y CCT 707/15 correspondiendo el alta del trabajador en www.safybaportes.com.ar para habilitar los servicios y beneficios.

 

Los convenios, escalas salariales y homologaciones están disponibles en www.safyb.ar

 

Saludos cordiales