David le ganó a Goliat
El Juzgado Nacional de Trabajo número 55 condenó a la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAF) a abonar quince millones trescientos ochenta y un mil ciento cincuenta pesos ($15.381.150) por negarse a negociar un convenio colectivo de trabajo con el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB).
La Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), la Asociación de Farmacias Sindicales (AFMYSRA) y la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) ya firmaron convenio colectivo con el sindicato de farmacéuticos y bioquímicos en el año 2011, pero la FACAF se negó y SAFYB le inició juicio en el marco del artículo 23 de la ley 23551 que regula las prácticas desleales.
A pesar de que la poderosa Federación cuenta con reconocidos abogados y estudios jurídicos vinculados al poder judicial, primó la libertad sindical, la jurisprudencia y la persistencia del sindicato de los directores técnicos de farmacias, droguerías y laboratorios.
Con este fallo se confirma que farmacéuticos y bioquímicos no son simples empleados de farmacia o técnicos de laboratorio: son trabajadores con título universitario, matrícula profesional e intereses diferenciados, que asumen la dirección y responsabilidad de farmacias, droguerías y laboratorios, por eso las Cámaras deben suscribir convenios específicos de profesión con SAFYB que es el único con personería representativa.
La sentencia es un duro golpe para los empresarios que, por conveniencia, optan por aplicar convenios generales que mezclan al director técnico con empleados de mostrador, cadetes, cajeros y laboratoristas, lo que es ilegal porque los farmacéuticos y bioquímicos están protegidos por el inciso b) del artículo 10 de la ley 23551 y por los convenios colectivo de trabajo 691/14 y 707/15, homologados por Resoluciones ST 855/14 y 64/15.
